Archivos diarios: 21 octubre, 2015

Se realiza Segunda Carrera por la Desnutrición en Santa Eulalia

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Por  David Diego

El domingo 18 de octubre del año 2015 se realizó por segundo año consecutivo la Carrera por la Desnutrición en el municipio de Santa Eulalia con el objetivo para recaudar fondos para combatir la desnutrición infantil en la localidad.

Participaron 33 corredores en distintas categorías-master, libre, juvenil e infantil que salieron de Sana Elualia y fueron a dar la vuelta hasta la aldea Pett para luego regresar y entrar en la meta final en el Parque Central.

La Carrera por la Desnutrición fue organizada por distintas organizaciones que conforman la Comisión Municipal de Seguridad Alimentaria y Nutricional -COMUSAN.

En la categoría Master Masculino el ganador fue Francisco Domingo y en segundo lugar quedó Hugo Donato. En la de Libre Masculino, el primer lugar fue para Ramón Francisco y el segundo para Adalberto Neri y el tercero para Augusto Pedro

En la categoría Juvenil Femenina, el primer lugar lo ocupó Griselda Juárez Baltasar, el segundo Magdalena Francisco y el tercero, Guadalupe Pedro. En la rama Masculina de esta categoría Juvenil el ganador fue Enrique Arnulfo, mientras Juan Juan Miguel quedó segundo y Dionisio Mateo Juárez tercero.

Byron Benjamín fue ganador en Como Infantil Masculino, Bartolo Pedro quedó segundo y Jimmy Rony en tercer lugar. En la categoría Infantil Femenina ganó Jennnifer Mateo, y la siguió en segundo Anixú Martínez, quedando  en tercer lugar Aylen Toledo.

¡Felicidades a todas y todos ellos y a los demás que corrieron para acabar con la desnutrición en Santa Eulalia!!

Zunil: consulta municipal vinculante…

“protejamos nuestros bienes naturales”

Por Jesús Hernández y fotografías de Jeff Abbott

El presidente del Consejo Permanente por la Defensa del Territorio y la Vida de Zunil, dice:

“Aquí todo está bien (en el salón comunal de Zunil) . Allá abajo, en el mercado, hay cuatro mesas de votos, hay otro en el centro comercial y también hay mesas en las cuatro aldeas y el caserío. Ese es el municipio de Zunil: sus cuatro aldeas y el caserío. Aquí solo estamos los del Consejo que apoya la consulta… hasta la noche daremos a conocer el resultado… pero vayan, vayan…”

 

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Familias que iban de aquí para allá. Es domingo 18 de octubre. Las mujeres con sus pequeñas y pequeños hijos se encaminan al centro de votación, ubicado en el mercado municipal. El pueblo está en movimiento. En cada mesa hay hombres y mujeres que revisan nombres, reciben DPI, entregan papeleta, firman o dejan su huella y muestran el dedo índice. Se aprovecha el día para dar una vuelta al pueblo…

La fecha coincide con la celebración del año sagrado maya. La ceremonia maya se realizó muy temprano: el waqxaqib’ b’atz. 260 días que los nahuales han acompañado la vida de los animales, de la naturaleza y de las personas; por lo tanto, la consulta comunitaria es el ejercicio y derecho colectivo que expresa esta cosmovisión: cuidar y proteger la naturaleza. Lo decía el anciano: “todo es sagrado, todo es santo, por eso tenemos que cuidar y proteger”

Si el pueblo maya es el mejor conocedor del aprovechamiento de la naturaleza: “hay que pedir permiso para sembrar, para cosechar, para celebrar y para pedir disculpas cuando no lo estamos haciendo bien” así también es el respeto que debe el Estado con sus pobladores: “debe consultar, debe pedir permiso, dialogar y platicar si lo que trae es beneficio o es más despojo para nosotros, para nuestros hijos

La mirada es pues para recordar “el derecho” a la vida y el derecho que tiene la naturaleza de ser respetada. En la noche, aprovechando la radio local y hablando en el idioma k’iche’, uno a uno fueron hablando según les dieron la participación. La iglesia católica, la iglesia evangélica, los jóvenes y el consejo permanente por la defensa del territorio y la vida de Zunil.

“La conciencia crece con la información” decía una mujer joven que entre lágrimas de emoción y agradecimiento a los vecinos, comunicó:

“lloro por nuestra madre tierra, nuestros hijos, nuestros cultivos. No es por una persona que fácilmente nos va a traicionar, sino por esto que hoy hemos hecho: gracias abuelas, que desde temprano estaban haciendo cola; mamás que muestran a sus hijos. Los pueblos tienen que decidir lo que quieren en su tierra. Nuestro pensamiento es en equipo; la conciencia se tiene que hacer en la información: enseñen a defender, a cuidar y hacerlo con respeto”.

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Entre aplausos y celulares que se levantaban entre las cabezas, se hacían las fotos como recuerdo de ese gran día para el pueblo de Zunil. El presidente del consejo leía:

  • Votos sí: 35
  • Votos No: 5, 432 (aplausos y gritos de emoción)
  • Nulo: 37
  • En Blanco: 24
  • Total de votos: 5,528.

De acuerdo a la información, el 83% de la población participó. En zunil se unía el Waqxaqib’ b’atz con la consulta comunitaria. “Es la segunda consulta vinculante que se realiza en el país; es la consulta No. 84” decía un acompañante que vigilaba el proceso de votaciones que realizaban las vecinas y vecinos de Zunil. “y es vinculante porque ha sido convocado por la alcaldía municipal; utilizando el sistema electoral: votan solo los mayores de edad. Los empadronados que también se presentarán este próximo domingo (25 de octubre) para la segunda vuelta (elecciones presidenciales), pero esa será distinta”.

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El clima estaba helado y el cielo nublado, con algo de llovizna que de poco en poco dejaba colar el sol en el municipio de Zunil. La radio informaba que la semana sería de precipitación pluvial y se recomendaba estar atentos a este cambio climático… Zunil es ya conocedor de las consecuencias de la inclemencia del clima: deslizamientos, derrumbes. Años atrás había sufrido el paso de las tormentas y huracanes: Mitch, Agata… provocando destrucción de la carretera y casas. Riesgos que también tienen más de 500 mil personas en todo el país, confirma la prensa escrita y advierte la CONRED.

allá arriba (refiriéndose a la parte alta, carretera hacia los balnearios las Georginas), hay mejores verduras”, dice un vecino que le preguntamos sobre la cantidad de cebollas que hay en su terreno, ubicado a las orillas del pueblo…Y es verdad, todo Zunil es “pura verdura”, desde muy temprano se mira a los vecinos echar agua en sus sembradíos, o lavar las grandes zanahorias que se jatean en las redes para subirlas en el pick-up que los llevará al gran mercado que acapara este comercio… “nosotros le proveemos de verdura a los de Almolonga, porque tenemos más terreno… incluso ellos vienen a comprarlo aquí en el mercado, por eso es que se prepara para la venta a mayoristas”, indicaba el otro vecino que mira –imaginándose las gran plaza llena- los camiones que entran a estacionarse a un lado del mercado municipal…

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Pero ese domingo, la falta de la verdura, sin venta en el mercado y la falta de movimiento que se acostumbra ver en la gran plaza, amanecieron este domingo sin mucha actividad. Faltaba la venta de verduras, la venta de tortillas con queso, los chicharrones y “pasar un poco apretaditos” como se acostumbra en la plaza de los días domingos… Este día no hay plaza: “estamos en la consulta”. Consulta convocada por la municipalidad; se espera a todos los adultos empadronados en el municipio y con un aproximado de 20 mesas, con observadores de la PDH y fiscales nombrados, las vecinas y vecinos fueron emitiendo su voto a partir de la hora indicada para esta consulta…

Antecedentes:

Se tiene conocimiento que está autorizado un área de 92 km cuadrados para la exploración y explotación de minerales. Al ver el croquis, esta área abarca las zonas de Cantel, Quetzaltenango, Almolonga, Zunil; por ello, cada municipio se está preparando con la información y realización de su consulta de buena fe, como lo hizo el año pasado Cantel, y ahora, con carácter vinculante lo realiza Zunil y está previsto, según información que tenemos, que Almolonga está preparando realizar su consulta.

En Zunil, la consulta es vinculante porque fue convocado por la municipalidad; está hecho conforme a la normativa vigente; “no pueden decir que no ahora; es decir, que las empresas no pueden pasar por alto lo expresado por los vecinos y vecinas” expresa Romeo Tiu, y lo argumenta con los siguientes documentos:

CONSTITUCION

Artículo 173. Procedimiento Consultivo. Las decisiones políticas de especial trascendencia deberán ser sometidas a procedimiento consultivo de todos los ciudadanos.

La consulta será convocada por el Tribunal Supremo Electoral a iniciativa del Presidente de la República o del Congreso de la República, que fijarán con precisión la o las preguntas que se someterán a los ciudadanos.

La Ley Constitucional Electoral regulará lo relativo a esta institución.

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CODIGO MUNICIPAL

INFORMACION Y PARTICIPACION CIUDADANA

CAPITULO I

INFORMACION Y PARTICIPACION CIUDADANA

ARTICULO 60. Facilitación de información y participación ciudadana. Los Concejos Municipales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local.

ARTICULO 61. Facultades de decisión. Las formas, medios y procedimientos de participación ciudadana que los concejos municipales de desarrollo establezcan en ejercicio de su potestad para auto-organizarse no podrán en ningún caso menoscabarlas facultades de decisión que corresponden al Concejo Municipal, el alcalde y los demás órganos representativos regulados por la ley.

ARTICULO 62. Derecho a ser informado. Todos los vecinos tienen derecho a obtener copias y certificaciones que acrediten los acuerdos de los concejos municipales, sus antecedentes, así como consultar los archivos y registros financieros y contables, en los términos del artículo 30 de la Constitución Política de la República.

ARTICULO 63. Consulta a los vecinos. Cuando la trascendencia de un asunto aconseje la conveniencia de consultar la opinión de los vecinos, el Concejo Municipal, con el voto de las dos terceras (2/3) partes del total de sus integrantes, podrá acordar que tal consulta se celebre tomando en cuenta las modalidades indicadas en los artículos siguientes.

ARTICULO 64. Consulta a solicitud de los vecinos. Los vecinos tienen el derecho de solicitar al Concejo Municipal la celebración de consultas cuando se refiera a asuntos de carácter general que afectan a todos los vecinos del municipio. La solicitud deberá contar con la firma de por lo menos el diez por ciento (10%) de los vecinos empadronados en el municipio. Los resultados serán vinculantes si participa en la consulta al menos el veinte por ciento (20%) de los vecinos empadronados y la mayoría vota favorablemente el asunto consultado.

ARTICULO 65. Consultas a las comunidades o autoridades indígenas del municipio. Cuando la naturaleza de un asunto afecte en particular los derechos y los intereses de las comunidades indígenas del municipio o de sus autoridades propias, el Concejo Municipal realizará consultas a solicitud de las comunidades o autoridades indígenas, inclusive aplicando criterios propios de las costumbres y tradiciones de las comunidades indígenas.

ARTICULO 66. Modalidades de esas consultas. Las modalidades de las consultas a que se refieren los artículos 64 y 65 de este Código, entre otras, podrán realizarse de la manera siguiente:

  1. Consulta en boleta diseñada técnica y específicamente para el caso, fijando en la convocatoria el asunto a tratar, la fecha y los lugares donde se llevará a cabo la consulta.
  2. Aplicación de criterios del sistema jurídico propio de las comunidades del caso.

Los resultados serán vinculantes si participa en la consulta al menos el cincuenta (50) por ciento de los vecinos empadronados y la mayoría vota favorablemente (sobre) el asunto consultado.

 CONVENIO 169

Artículo 6

  1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:
  2. a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;
  3. b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;
  4. c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.
  5. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

Artículo 7

  1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe el proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.
  2. El mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos interesados, con su participación y cooperación, deberá ser prioritario en los planes de desarrollo económico global de las regiones donde habitan. Los proyectos especiales de desarrollo para estas regiones deberán también elaborarse de modo que promuevan dicho mejoramiento.
  3. Los gobiernos deberán velar por que, siempre que haya lugar, se efectúen estudios, en cooperación con los pueblos interesados, a fin de evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas pueden tener sobre esos pueblos. Los resultados de estos estudios deberán ser considerados como criterios fundamentales para la ejecución de las actividades mencionadas.
  4. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.

Artículo 15

  1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos.
  2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.

DECLARACION DE NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Artículo 19

Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.

Artículo 26

  1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.
  2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
  3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.

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Un casi cierre…

De acuerdo a lo leído, y con el resultado obtenido: La comunidad aplaudía, celebraba entre gritos, aplausos y felicitaciones la realización de la consulta comunitaria, como se anotaba más arriba, 83% de participación. El Tribunal Supremo Electoral tiene el registro de 8,656 personas empadronadas (http://resultados2015.tse.org.gt/resultados-2015/).

Con Jeff comentamos al cierre ¿por qué en este lugar, habiendo tanta diversidad de hortalizas no hay un restaurante de ensaladas ricas para comer? De repente los de Zunil se animan y se preparan para ser los chef de la ensalada… “Más de 4 mil formas de preparar ensaladas”… y que usando la herramienta del monstruo neoliberal, abre las sucursales en todo el país y, por qué no, en el mundo mundial: “ensaladas de Zunil, pa’ chuparse los dedos”

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… pero este domingo solo vimos, para ese rato, un lugar donde vendían pollo frito. Malaya!, dijo la abuela…

En Pachaj, Quetzaltenango, 20 de octubre de 2015.